Mujeres Libres, mujeres en Paz › Foros › De la Violencia Estructural de Género a la Violencia Vicaria e Institucional › Respuesta a: De la Violencia Estructural de Género a la Violencia Vicaria e Institucional
Buenas tardes foro!
Muchisimas gracias Gemma, Olga y Silvia por vuestras reflexiones y, sobre todo, por el compromiso que destilan.
Como bien señalais, quienes llevamos tiempo en el sistema de protección no podemos sino cuestionar la custodia compartida que, habiéndose impuesto de manera acrítica, está resultando un arma muy peligrosa en manos de los maltratadores ya sean reconocidos o no.
Otra figura nacida al amparo de la ideología presente en el sSAP es la COORDINACIÓN DE PARENTALIDAD. Es una figura que se está generalizando en procesos por la custodia de «alta conflictividad» sin tenerse en cuenta la violencia vivida. No está legislada en España ni en Europa, por lo que genera gran indefnsión al no poder recurrirse las valoraciones o recomendaciones a las que llegan y en las que se observa que se está aplicando el SAP y sus derivados.
La asociación de mujeres juristas Themis y la Asociación de Psicologia Feminista elaboraron un informe en el que alertan sobre esta figura ya que «Ha descubierto cómo la coordinación de parentalidad es utilizada para reintroducir, sin mencionarlo, el falso Síndrome de Alienación Parental (SAP) con otras denominaciones: “preocupación mórbida”, “maltrato infantil”, “gatekeeper”, “influencia parental negativa”, «interferencia», «manipulación adulta», etc. Actualmente, a nivel jurídico, la utilización de estos términos está prohibida por la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (art. 11).»
https://psicofeminista.com/wp-content/uploads/2021/03/SEGUNDO_INFORME_COPA_Coordinacion-Parental_PERSPECTIVA_FEMINISTA_JURIDICA_PSICOLOGICA_08_03_2021.pdf
Y también el Consejo General de Trabajo Social se ha posicionado en contra de esta figura planteando en un comunicado al respecto:
«Esta figura, a la que se otorgan facultades decisorias y vinculantes, además de imponerse
a las partes, tendría acceso a datos en los que podría quedar comprometida la
información relativa a las/os menores y a su entorno, vulnerando su derecho a la
intimidad, al poder recabar informes de servicios sociales, centros escolares, centros de
salud y acceso al expediente judicial.
Si la finalidad de la coordinación parental es evitar la sobrecarga de trabajo de los
juzgados cabe plantearse porque no se refuerzan otros recursos públicos ya existentes,
como los equipos psicosociales adscritos a los juzgados.
Cualquier modelo de recurso que se utilice con la finalidad de auxiliar a los jueces en la
ejecución de las sentencias de procedimientos de familia conflictivos, ha de estar
reglamentado y asumir dos conceptos claves para que la intervención profesional
respete los derechos fundamentales y que son, la perspectiva de género y la perspectiva
de infancia y adolescencia, porque obviar una escucha empática con perspectiva de
género e infancia y adolescencia puede dar como resultado que se prime el derecho del
titular de las visitas por encima de los derechos de los niños y las niñas.
La figura del coordinador/a parental tal y como existe actualmente adolece de las
características esenciales que debe tener una figura con opciones de ejecutar lo juzgado
y que son: naturaleza pública, multidisciplinar y especialización acreditada en infancia,
violencia y mediación, a lo que hay que añadir la falta de perspectiva de género y
enfoque de los derechos de los niños y la falta de control o fiscalización por la
Administración Pública al no depender orgánicamente de ella.»
https://www.cgtrabajosocial.es/app/webroot/files/consejo/files/Coordinador%20parental%2020.09.21.pdf
Hay que estar muy alerta para detectar cómo se transforman las viejas ideologías misóginas, cómo adquieren esa pátina científica, neutral que parece que viene a «facilitar» la vida a profesionales con mucha carga de trabajo, pero que en realidad esconden las mismas formas, aunque ahora más refinadas, de controlar, subyugar y coaccionar a las mujeres y a las criaturas.
Seguimos reflexionando!
Celia